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La Organización Internacional del Trabajo ha promovido la adopción de normas y políticas para proteger sus derechos laborales. La organización ha reconocido que los empleados domésticos son trabajadores y tienen los mismos derechos y protecciones laborales que otros empleados.
En 2011, se adoptó el Convenio N.º 189 sobre el Trabajo Decente para los Trabajadores Domésticos y la Recomendación N.º 201 sobre los Trabajadores Domésticos. Estos instrumentos establecen estándares mínimos para garantizar la protección y promoción de los derechos de los empleados domésticos.
Las disposiciones más importantes de este convenio y recomendación que usted debe tener en cuenta son:
Igualdad de trato: Los empleados domésticos deben recibir un trato equitativo y no discriminatorio en relación con otros trabajadores.
Condiciones de trabajo: Deben establecerse condiciones de trabajo justas y dignos, incluyendo horarios de trabajo razonables, períodos de descanso adecuados y límites a las horas extraordinarias.
Salarios: Los empleados domésticos tienen derecho a recibir un salario justo y equitativo que garantice un nivel de vida adecuado.
Seguridad y salud laboral: Deben adoptarse medidas para proteger la seguridad y salud de los empleados en el lugar de trabajo.
Protección social: Los empleados domésticos deben tener acceso a la seguridad social, incluyendo la protección contra el desempleo, la vejez, la enfermedad y los accidentes laborales.
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